Concurso de acceso a cargos de dirección y
subdirección de Instituciones Educativas de EBR - 2013
Preguntas frecuentes
1. ¿Quiénes pueden concursar?
Los docentes que están ubicados entre la 4ta y 6ta
escalas magisteriales de la Ley de Reforma Magisterial. Sólo en el presente
concurso 2013 pueden participar también los docentes que:
Se encuentran en la 2da y 3ra escala de la Ley de
Reforma Magisterial y tienen como mínimo 10 años de tiempo de servicios contados
desde su nombramiento como docente.
Provienen del 3er nivel de la Ley del Profesorado.
Provienen del 2do nivel de la Ley del Profesorado y
fueron directores o subdirectores dentro de los 10 últimos años.
2. ¿Cuáles son los requisitos para postular?
Tener formación especializada de un mínimo de 200
horas dentro de los últimos 5 años o estudios de segunda especialidad o de
postgrado relacionados con la gestión educativa y/o pedagogía.
No tener antecedentes penales ni judiciales.
No tener sanciones por procesos administrativos
durante los últimos 5 años.
No haber sido condenado ni ser acusado por terrorismo,
apología del terrorismo, delito contra la actividad sexual, delitos de corrupción
de funcionarios o tráfico de drogas, ni haber incurrido en actos de violencia que
atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio,
así como haber impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos.
3. ¿Qué plazas directivas de IE entran en concurso?
Este primer concurso sólo considera plazas
directivas orgánicas financiadas y ocupadas de director y subdirector de IE
públicas polidocentes completas y multigrado de
Educación Básica Regular. Se exceptúan de este
concurso las instituciones educativas
unidocentes, en convenio y fiscalizadas.
4. ¿Cuántas plazas se pondrán a concurso en cada
región?
Este año se pondrán en concurso un total de 12 mil 740
plazas directivas de IE de Educación Básica Regular. El número de plazas por
región es resultado del número de plazas orgánicas directivas reportadas al
Ministerio de Educación por las Direcciones Regionales de Educación en los
plazos establecidos, consolidadas y aprobadas por el MINEDU. Consulte el número
y característica de las plazas directivas en concurso por región en el portal
institucional del Ministerio de Educación.
5. ¿Se puede postular a cualquier plaza directiva
en concurso en el país?
Sí. Todo docente en la carrera pública magisterial
que cumpla con los requisitos puede postular a cualquier plaza a nivel nacional
sin importar su región de procedencia.
6. ¿Qué capacidades evaluará el concurso?
Se examinará, a través de una Prueba Nacional Clasificatoria
y la Solución de un Caso, la capacidad del postulante para analizar y resolver
problemas de gestión escolar en diferentes contextos y situaciones, así como su
capacidad para responder de manera flexible y adecuada a las demandas de la
escuela y la comunidad.
No es una evaluación que exige principalmente reproducir
información que puede ser memorizada, sino que demandará del postulante
examinar o construir un conjunto de alternativas, para lo que requerirá
movilizar diversos recursos personales con el fin de responder a la situación a
la que se enfrenta.
Además se valorará la trayectoria, méritos y
formación del postulante.
7. ¿Quién calificará la Prueba Nacional Clasificatoria,
la Solución del Caso y la Trayectoria Profesional del postulante?
Las respuestas a la Prueba Nacional Clasificatoria
y la Trayectoria Profesional serán calificadas de manera automatizada por el
sistema informático. La Solución del Caso será calificada por un Comité de
Evaluación, presidido por el Director de UGEL e integrado por dos especialistas
de la UGEL y dos directores de Instituciones educativas de la jurisdicción
local o regional. El Comité de Evaluación no conocerá la identidad del
postulante en el momento de la calificación.
8. ¿Qué nivel de conocimiento en computación se
necesita para participar del concurso?
En tanto el postulante ingresará sus datos y
desarrollará las pruebas en una plataforma virtual, sólo se requiere
conocimientos básicos en el uso de computadoras y aplicaciones tales como:
Uso del sistema operativo del equipo de cómputo,
Uso del mouse y el teclado para marcar respuestas
en la Prueba Nacional Clasificatoria
Escribir un texto en computadora para responder a
la solución de un caso
Navegación en internet y uso de correo electrónico.
Los postulantes inscritos en el concurso podrán
acceder en la dirección
https://evaluaciondocente.perueduca.pe a un
simulador de la Prueba Nacional
Clasificatoria, que les permitirá familiarizarse anticipadamente
con la aplicación.
9. ¿Qué sucederá si dos postulantes tienen el mismo
puntaje final?
En caso de igualdad en el puntaje final entre dos o
más postulantes a una misma plaza, se aplicarán en forma excluyente, los
criterios de prioridad que a continuación se indican:
Mayor puntaje en la Prueba Nacional Clasificatoria
de acuerdo a la tabla contenida en el numeral 6.4.2.
Mayor escala magisterial.
Mayor tiempo de servicios oficiales computados
desde su nombramiento
10. ¿Qué pasará con las plazas que no sean
cubiertas por el concurso?
El Comité de Evaluación convocará a todos los
postulantes de la misma jurisdicción, que habiendo obtenido el puntaje
necesario, no lograron acceder al cargo por haber sido superados por otro
postulante a la misma plaza. Estos postulantes tendrán la oportunidad de elegir
voluntariamente entre las plazas no cubiertas de la jurisdicción.
Dicha elección será intransferible, realizada de
manera presencial y respetando el orden de mérito.
La selección y adjudicación de las plazas no
cubiertas se realizará en acto público en la jurisdicción a la que pertenece la
plaza o plazas a cubrir con fecha única, dentro del plazo establecido en el
cronograma. Como resultado del acto público el Comité de
Evaluación levantará un acta que estará suscrita
por todos los miembros del Comité y los postulantes que participaron en el acto
indicando las elecciones de plazas realizadas.
Dicha acta será entregada en original a la DRE y al
MINEDU y servirá como sustento para la emisión de las resoluciones de
designación correspondientes.
11. ¿Se obtienen puntos adicionales por ser docente
licenciado de las fuerzas armadas o por ser docente con discapacidad?
Para docentes con discapacidad está prevista una
bonificación del 15% en el puntaje final.
12. ¿Existen plazas directivas asignadas de manera
permanente?
No. Los cargos en la carrera pública magisterial se
ejercen temporalmente por tres años y corresponden a alguna de las cuatro áreas
de desempeño docente.
La Ley de Reforma Magisterial, en su Quinta
Disposición Complementaria, Transitoria y Final, dispone que la permanencia en
cargos directivos se sujeta a las normas de la Ley: acceso al cargo mediante
concurso y evaluación de desempeño al término del período de tres años.
La Ley de Reforma Magisterial ha derogado La Ley
del Profesorado y, la Ley N° 29062 que la modifica, las Leyes N° 26269 y 28718
que regularon el acceso al cargo de director, y ha dejado sin efecto todas las
disposiciones que se opongan a la presente Ley.
13. ¿Qué pasará con los directores cuyas plazas
directivas entran en concurso?
Los directores y subdirectores en ejercicio pueden
participar en el concurso. El concurso es el único mecanismo para asumir el
cargo de director o subdirector de I.E. por tres años consecutivos contados a
partir de enero de 2014.
Los directores en ejercicio que participen en el
concurso y que no acceden al cargo o aquellos que por decisión propia no
participen en éste, retornarán al cargo de origen como docente de aula en su
institución educativa.
De estar ocupada su plaza de origen, serán
reubicados en otra institución educativa similar dentro de la jurisdicción de
la misma UGEL. Se procurará reubicar al profesor en la institución educativa
geográficamente más cercana a aquella en la que estuvo laborando.
14. ¿Los docentes que ganen una plaza directiva
podrán enseñar?
No, con algunas excepciones. En la actual Ley, las
responsabilidades directivas, con excepción de las encargaturas de función,
exigen una jornada laboral completa. No se contempla horas dedicadas a la
docencia, salvo en el caso de las instituciones educativas de inicial, primaria
o secundaria donde el número de secciones obliga a que el director tenga aula a
cargo.
15. ¿Pueden participar los profesores que se
encuentran ocupando cargos de confianza en las DRE y UGEL con licencia sin goce
de haber?
Sí. La Resolución Ministerial N° 460-2013-ED dispone
que los docentes que se encuentran ocupando cargos de confianza en las DRE y
UGEL con licencia sin goce de haber, sean incluidos en las excepciones
establecidas en la Disposición Complementaria
7.2 de la Directiva N° 018-2013-MINEDU/VGMP-DIGEDD.
16. Los profesores que se desempeñan en un nivel
educativo diferente al de su título profesional ¿Pueden postular a una plaza
directiva del nivel educativo en el que se desempeñan actualmente?
Sí. Procede la postulación de los docentes cuyo
título profesional es diferente del nivel educativo de la plaza a la que
postulan, si acreditan un mínimo de diez (10) años de desempeño como nombrado
en dicho nivel educativo.
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