CENTRO DE VARONES

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sábado, 19 de octubre de 2013

Concurso de acceso a cargos de dirección y subdirección de Instituciones Educativas de EBR - 2013

Preguntas frecuentes
1. ¿Quiénes pueden concursar?
Los docentes que están ubicados entre la 4ta y 6ta escalas magisteriales de la Ley de Reforma Magisterial. Sólo en el presente concurso 2013 pueden participar también los docentes que:

Se encuentran en la 2da y 3ra escala de la Ley de Reforma Magisterial y tienen como mínimo 10 años de tiempo de servicios contados desde su nombramiento como docente.
Provienen del 3er nivel de la Ley del Profesorado.
Provienen del 2do nivel de la Ley del Profesorado y fueron directores o subdirectores dentro de los 10 últimos años.

2. ¿Cuáles son los requisitos para postular?
Tener formación especializada de un mínimo de 200 horas dentro de los últimos 5 años o estudios de segunda especialidad o de postgrado relacionados con la gestión educativa y/o pedagogía.

No tener antecedentes penales ni judiciales.
No tener sanciones por procesos administrativos durante los últimos 5 años.
No haber sido condenado ni ser acusado por terrorismo, apología del terrorismo, delito contra la actividad sexual, delitos de corrupción de funcionarios o tráfico de drogas, ni haber incurrido en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, así como haber impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos.

3. ¿Qué plazas directivas de IE entran en concurso?
Este primer concurso sólo considera plazas directivas orgánicas financiadas y ocupadas de director y subdirector de IE públicas polidocentes completas y multigrado de
Educación Básica Regular. Se exceptúan de este concurso las instituciones educativas
unidocentes, en convenio y fiscalizadas.

4. ¿Cuántas plazas se pondrán a concurso en cada región?
Este año se pondrán en concurso un total de 12 mil 740 plazas directivas de IE de Educación Básica Regular. El número de plazas por región es resultado del número de plazas orgánicas directivas reportadas al Ministerio de Educación por las Direcciones Regionales de Educación en los plazos establecidos, consolidadas y aprobadas por el MINEDU. Consulte el número y característica de las plazas directivas en concurso por región en el portal institucional del Ministerio de Educación.

5. ¿Se puede postular a cualquier plaza directiva en concurso en el país?
Sí. Todo docente en la carrera pública magisterial que cumpla con los requisitos puede postular a cualquier plaza a nivel nacional sin importar su región de procedencia.

6. ¿Qué capacidades evaluará el concurso?
Se examinará, a través de una Prueba Nacional Clasificatoria y la Solución de un Caso, la capacidad del postulante para analizar y resolver problemas de gestión escolar en diferentes contextos y situaciones, así como su capacidad para responder de manera flexible y adecuada a las demandas de la escuela y la comunidad.

No es una evaluación que exige principalmente reproducir información que puede ser memorizada, sino que demandará del postulante examinar o construir un conjunto de alternativas, para lo que requerirá movilizar diversos recursos personales con el fin de responder a la situación a la que se enfrenta.

Además se valorará la trayectoria, méritos y formación del postulante.

7. ¿Quién calificará la Prueba Nacional Clasificatoria, la Solución del Caso y la Trayectoria Profesional del postulante?

Las respuestas a la Prueba Nacional Clasificatoria y la Trayectoria Profesional serán calificadas de manera automatizada por el sistema informático. La Solución del Caso será calificada por un Comité de Evaluación, presidido por el Director de UGEL e integrado por dos especialistas de la UGEL y dos directores de Instituciones educativas de la jurisdicción local o regional. El Comité de Evaluación no conocerá la identidad del postulante en el momento de la calificación.

8. ¿Qué nivel de conocimiento en computación se necesita para participar del concurso?
En tanto el postulante ingresará sus datos y desarrollará las pruebas en una plataforma virtual, sólo se requiere conocimientos básicos en el uso de computadoras y aplicaciones tales como:

Uso del sistema operativo del equipo de cómputo,
Uso del mouse y el teclado para marcar respuestas en la Prueba Nacional Clasificatoria
Escribir un texto en computadora para responder a la solución de un caso
Navegación en internet y uso de correo electrónico.

Los postulantes inscritos en el concurso podrán acceder en la dirección
https://evaluaciondocente.perueduca.pe a un simulador de la Prueba Nacional
Clasificatoria, que les permitirá familiarizarse anticipadamente con la aplicación.

9. ¿Qué sucederá si dos postulantes tienen el mismo puntaje final?
En caso de igualdad en el puntaje final entre dos o más postulantes a una misma plaza, se aplicarán en forma excluyente, los criterios de prioridad que a continuación se indican:

Mayor puntaje en la Prueba Nacional Clasificatoria de acuerdo a la tabla contenida en el numeral 6.4.2.
Mayor escala magisterial.
Mayor tiempo de servicios oficiales computados desde su nombramiento

10. ¿Qué pasará con las plazas que no sean cubiertas por el concurso?
El Comité de Evaluación convocará a todos los postulantes de la misma jurisdicción, que habiendo obtenido el puntaje necesario, no lograron acceder al cargo por haber sido superados por otro postulante a la misma plaza. Estos postulantes tendrán la oportunidad de elegir voluntariamente entre las plazas no cubiertas de la jurisdicción.
Dicha elección será intransferible, realizada de manera presencial y respetando el orden de mérito.

La selección y adjudicación de las plazas no cubiertas se realizará en acto público en la jurisdicción a la que pertenece la plaza o plazas a cubrir con fecha única, dentro del plazo establecido en el cronograma. Como resultado del acto público el Comité de
Evaluación levantará un acta que estará suscrita por todos los miembros del Comité y los postulantes que participaron en el acto indicando las elecciones de plazas realizadas.
Dicha acta será entregada en original a la DRE y al MINEDU y servirá como sustento para la emisión de las resoluciones de designación correspondientes.

11. ¿Se obtienen puntos adicionales por ser docente licenciado de las fuerzas armadas o por ser docente con discapacidad?
Para docentes con discapacidad está prevista una bonificación del 15% en el puntaje final.

12. ¿Existen plazas directivas asignadas de manera permanente?
No. Los cargos en la carrera pública magisterial se ejercen temporalmente por tres años y corresponden a alguna de las cuatro áreas de desempeño docente.

La Ley de Reforma Magisterial, en su Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final, dispone que la permanencia en cargos directivos se sujeta a las normas de la Ley: acceso al cargo mediante concurso y evaluación de desempeño al término del período de tres años.

La Ley de Reforma Magisterial ha derogado La Ley del Profesorado y, la Ley N° 29062 que la modifica, las Leyes N° 26269 y 28718 que regularon el acceso al cargo de director, y ha dejado sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

13. ¿Qué pasará con los directores cuyas plazas directivas entran en concurso?
Los directores y subdirectores en ejercicio pueden participar en el concurso. El concurso es el único mecanismo para asumir el cargo de director o subdirector de I.E. por tres años consecutivos contados a partir de enero de 2014.

Los directores en ejercicio que participen en el concurso y que no acceden al cargo o aquellos que por decisión propia no participen en éste, retornarán al cargo de origen como docente de aula en su institución educativa.

De estar ocupada su plaza de origen, serán reubicados en otra institución educativa similar dentro de la jurisdicción de la misma UGEL. Se procurará reubicar al profesor en la institución educativa geográficamente más cercana a aquella en la que estuvo laborando.

14. ¿Los docentes que ganen una plaza directiva podrán enseñar?
No, con algunas excepciones. En la actual Ley, las responsabilidades directivas, con excepción de las encargaturas de función, exigen una jornada laboral completa. No se contempla horas dedicadas a la docencia, salvo en el caso de las instituciones educativas de inicial, primaria o secundaria donde el número de secciones obliga a que el director tenga aula a cargo.

15. ¿Pueden participar los profesores que se encuentran ocupando cargos de confianza en las DRE y UGEL con licencia sin goce de haber?
Sí. La Resolución Ministerial N° 460-2013-ED dispone que los docentes que se encuentran ocupando cargos de confianza en las DRE y UGEL con licencia sin goce de haber, sean incluidos en las excepciones establecidas en la Disposición Complementaria
7.2 de la Directiva N° 018-2013-MINEDU/VGMP-DIGEDD.

16. Los profesores que se desempeñan en un nivel educativo diferente al de su título profesional ¿Pueden postular a una plaza directiva del nivel educativo en el que se desempeñan actualmente?

Sí. Procede la postulación de los docentes cuyo título profesional es diferente del nivel educativo de la plaza a la que postulan, si acreditan un mínimo de diez (10) años de desempeño como nombrado en dicho nivel educativo.


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